A través de un Decreto de Naturaleza Legislativa enviado ayer lunes a la Legislatura Provincial, el Gobierno de Río Negro impulsa la modificación del artículo 34° de la Ley de Salud 1904, que establece la forma de pago de las guardias activas y pasivas en el sector de salud pública, derogando el actual sistema por puntos para pasar a un sistema de montos fijos.
Para la Justicia de Río Negro, los policías absueltos por la muerte de oficial no estaban obligados a controlar
El tribunal de juicio que absolvió dos funcionarios de la Policía de Río Negro por la muerte del oficial Gabriel Mandagaray, quien se ahogó en abril de 2021 durante el curso de ingreso a un cuerpo especial de esa fuerza, consideró que los acusados no tenían la capacidad ni la obligación de controlar ni ordenar que se controle la realización de ese entrenamiento.
Regionales18/10/2023El Poder Judicial rionegrino dio a conocer esta mañana los fundamentos de la sentencia que benefició a los imputados Carlos Graso y Oscar Szymañsky, quienes al momento del hecho eran el director del área de Capacitación y el jefe de Departamento Académico de la Dirección de Capacitación y Perfeccionamiento de la policía de la provincia, respectivamente.
Según el voto del juez Marcelo Chironi, quien integró el tribunal a cargo del juicio, “la acusación no ha podido probar más allá de toda duda razonable la existencia de un incumplimiento por omisión por parte de los acusados, que los mismos tuvieran efectivamente la obligación de controlar u ordenar controlar el curso, que tuvieran la autoridad suficiente para ello”.
"No quedó probado que tuvieran capacidad legal para confirmar, modificar, suspender o dejar sin efecto la realización del curso en cuestión, como también la capacidad operativa y legal para controlar in situ la forma en la que se realizara la capacitación”, sostuvo el magistrado.
Para el juez, “no quedan dudas que la Dirección de Capacitación y Perfeccionamiento tiene funciones claramente administrativas y no de campo como pretende la acusación”, y que “el control operativo de los cursos sencillamente no se encuentra en el marco de sus funciones·.
Según el magistrado, del análisis de la norma “no surge la concreta función y responsabilidad de controlar la ejecución de un curso como el del Cuerpo de Operaciones Especiales y Rescate (COER)”.
Además, en ninguno de los dos casos "existió una orden concreta por parte de un superior jerárquico que le indicara la obligación de efectuar un control específico sobre el curso básico COER”.
A su vez, el fallo repasó los testimonios de otras personas que cumplieron funciones similares en distintos momentos, las cuales respaldaron la postura de las defensas.
De hecho, cinco de esos testigos explicaron que el control era solamente administrativo, no operativo.
Para los acusadores, el 15 de abril de 2021, en el marco del entrenamiento, Mandagaray fue obligado a ingresar al mar junto a dos compañeros con el uniforme policial completo, incluido los borceguíes y todas las armas reglamentarias.
Previamente, el cadete había manifestado que "no sabía nadar", lo que no fue tenido en cuenta, dado que el oficial y sus dos compañeros fueron instados a ingresar al agua cargando entre los tres un tronco de unos dos metros de largo.
Por ese hecho, el 25 de julio último tres instructores y un coordinador de la Policía de Río Negro fueron condenados a prisión al ser declarados culpables por un jurado popular el 12 de mayo por los delitos de "homicidio culposo" y "abuso de autoridad".
La condena fue dictada por un tribunal oral de la ciudad de Viedma y recayó sobre Alejandro Gattoni, quien recibió 4 años y 10 meses de prisión; Alfredo Nahuelcheo, 4 años y seis meses de cárcel; y Maximiliano Vitali y Marcelo Contreras, 4 años y tres meses.
Según las fuentes, Contreras además fue declarado culpable por los jueces Carlos Reussi, Marcelo Álvarez e Ignacio Gandolfi por las lesiones leves hacia otro oficial cursante.
En este segundo juicio, que terminó con las absoluciones, se evaluó la responsabilidad de los dos jefes policiales en el cumplimiento de su deber de supervisar la realización del curso.
En el proceso intervinieron los defensores Juan Vincenty y Aldo Bustamente, mientras que la acusación estuvo a cargo del fiscal Guillermo Ortiz y del querellante Torres.
Uno de los primeros testigos fue el padre de la víctima, Antonio Mandagaray, quien recordó que cuando él llegó al lugar del hecho "decían que se había perdido el número 30" y ni siquiera le decían "quién era".
"Mi hijo tenía 25 años y nadie controló ¿Saben por qué no controlaron? Porque el área de Capacitación y Perfeccionamiento era para mandar a los vagos, a los que ya les faltaban dos o tres meses para retirarse", aseguró.
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