
Con mayor peso nacional, la carga impositiva supera la ganancia en el precio de la carne, el pan y la leche
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La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña rechazó el recurso del Banco Santander Río contra la sanción que le impuso la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor por infracción a la ley 24.240.
Nacionales14/03/2019La Justicia confirmó la multa de 30.000 pesos a un banco por omitir brindar información clara y detallada a un cliente que sacó un préstamo hipotecario, informaron hoy fuentes judiciales.
La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso del Banco Santander Río contra la multa que le impuso la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor por infracción a la ley 24.240.
El artículo 4 de la ley garantiza el acceso a los consumidores o usuarios a información “cierta”, “clara” y “detallada” sobre las características de los productos que adquieran.
En abril de 2004 A.I.M., cliente del banco, solicitó y obtuvo un préstamo hipotecario a cancelar en 120 cuotas mensuales.
El contrato preveía que si pagaba sin mora las primeras 96 cuotas, se le bonificarían las restantes 24, pero cuando abonó la última de aquellas mensualidades M. no recibió la "recompensa" por "haber estado en mora".
La Sala I de la Cámara sostuvo que "la entidad bancaria no informó acabadamente al denunciante las razones justificativas que motivaran su denegatoria a concederle el beneficio ofrecido en su Carta Compromiso".
Los camaristas Fabiana Schafrik, Mariana Díaz y Carlos Balbín recalcaron que las respuestas del banco a los "sucesivos reclamos" del cliente "no fueron lo suficientemente claras y detalladas".
Cuando se impuso la multa se tuvo en cuenta que el banco no informó por medio fehaciente al denunciante y en forma cierta y clara que lo consideraba en moroso, detallando las obligaciones incumplidas en ese estado con indicación de monto y fecha cierta.
Télam
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