
Todos los acusados deberán asistir a la próxima audiencia.
La disposición fue publicada en el Boletín Oficial y prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de esos productos.
Nacionales03/10/2024La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles una miel de abeja, un maíz inflado, un repelente de insectos y una serie de escabeches.
La disposición fue publicada en el Boletín Oficial y la misma dispone de la prohibición, elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea.
Los productos que fueron sacados de la venta pública son:
La “Miel de Abeja multifloral marca El Colmenar, Elaborada por MOLLE SA, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulada, ya que exhibía números de RNE y RNPA inexistentes.
Aquel producto se halla en infracción por carecer de registros sanitarios, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, por esa razón, el producto es ilegal.
El “Maíz inflado dulce, sin T.A.C.C., marca Del Prado Pop, elaboración artesanal, elaborado por Del Prado Pop, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al usar un RNE vigente de otra razón social y un RNPA inexistente. Además, el producto exhibía el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin la autorización correspondiente.
Asimismo, se estableció que se protegerá la salud de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales y el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL, quien recomienda restringir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto.
También se prohíbe el repelente de insectos marca "MOS OUT” en todos sus lotes, presentaciones y vencimientos. El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal detectó que los datos del producto no corresponden a un repelente inscrito ante la ANMAT, por lo que se decidió prohibir su venta para proteger a los usuarios.
Por último, se suprime la elaboración, fraccionamiento y comercialización de varios escabeches de la marca El Abuelo: “Escabeche de Tararira”, “Escabeche de Carpincho”, “Escabeche de Boga”, “Escabeche de Dorado” y “Escabeche de Nutria”. Estos productos no contaban con registros sanitarios y estaban falsamente rotulados con números de RNE y RNPA inexistentes.
Todos los acusados deberán asistir a la próxima audiencia.
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