El Concejo Deliberante cipoleño analiza las nuevas condiciones para ser empleado municipal

El proyecto estipula una serie de requisitos para la incorporación de los empleados a la administración municipal.

Locales 22/03/2018
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Ingresó a estado parlamentario el Expediente nº 07/18 Proyecto de Ordenanza sobre la modificación de la Ordenanza de Fondo 252/15 y el artículo 84 de la Carta Municipal. El mismo fue presentado por la concejal, Maria Elisa lazzaretti y reforma artículos de la ordenanza del empleado público municipal, la cual rige en la actualidad.

En la última sesión legislativa se estableció mediante el voto unánime de los Legisladores Municipales, el ingreso a las Comisiones de Desarrollo Humano y Familia, Gobierno y Hacienda.

El proyecto estipula una serie de requisitos para la incorporación de los empleados a la administración municipal. Los puntos más importantes son no haber sido condenada/a por: delito doloso hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad y delito fraudulento contra la administración pública, a si mismos aquellos/as que se encuentren incluidos/as en el registro de deudores alimentarios de la provincia de Río Negro, según lo previsto en la ley 3475.

Lazzaretti explicó que “este proyecto de ordenanza será puesto a consideración de los gremios, dado que es necesario profundizar algunas situaciones que existen en la dinámica del trabajo municipal y es de utilidad conocer opiniones de los mismos” y luego agregó que “encuanto a los deudores de la cuota alimentaria, es necesario que tengan un llamado de atención ya que afectan las condiciones de vida de los niños y niñas”, concluyó la Concejal.

Es importante aclarar que la propia Constitución Nacional prevé como único requisito de admisión para ingresar a la administración pública la condición de idoneidad y además pone en manos del legislador el diseñar el régimen de los servidores públicos que se encuentran al servicio del estado y de la comunidad. Por esta razón, es atribución en este caso del Poder Legislativo mediante el artículo 69 de la Carta Orgánica, establecer las condiciones necesarias para el ingreso del personal al Municipio de Cipolletti.

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