Ley de Responsabilidad Penal Empresarial: Un cambio cultural en la relación entre el Estado y los privados

El proyecto de ley que regula la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, más conocida con el nombre de ley de Responsabilidad Penal Empresaria, es una iniciativa que ha sido aprobada por unanimidad por el Senado, modificando la media sanción de Diputados.

Tendencias - Opinión 01/10/2017 Silvia Elías de Pérez (*)
Responsabilidad Penal Empresas

Este proyecto que volverá a la Cámara Baja con importantes cambios, ha surgido de un amplio acuerdo de todos los sectores políticos, en un esfuerzo mancomunado entre los senadores de los distintos bloques parlamentarios. El consenso arribado permitirá tener una ley equilibrada y es, sin duda, un paso más a favor de la transparencia en la relación entre el Estado con la gestión privada. Sin dudas estamos en un cambio de época.

Uno de los últimos informes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) revela que sobre 427 casos encontrados entre 1999 y 2014, el 57% implicó sobornos para obtener contratos con el sector público.

El tratado internacional de lucha contra el soborno transnacional, es decir, el pago de coimas a funcionarios corruptos, fue firmado por la Argentina en 1997 y ratificado por este Parlamento en el año 2000. Luego de 17 años estamos a punto de sancionar una ley para hacerlo eficaz.

Los empresarios saben que la corrupción sistémica afecta negativamente la gestión empresarial. No se puede competir contra quienes corrompen. El objetivo principal de la ley de Responsabilidad Penal Empresaria es extender la responsabilidad penal a las empresas en los delitos contra la administración pública. Principalmente estamos hablando del cohecho y el tráfico de influencias nacional y trasnacional, y las negociaciones incompatibles, entre otros.

Este proyecto propone incorporar un "programa de integridad" en las empresas que genera mecanismos de control, planificación y procedimientos internos de promoción de la integridad con el objeto de prevenir, detectar y corregir irregularidades y actos ilícitos de corrupción.

A su vez, también prevé el "acuerdo de colaboración eficaz" entre una empresa y el Ministerio Público Fiscal, en el marco de una causa de investigación de delitos contra la administración pública y cohecho internacional. Este acuerdo permite el intercambio de información para identificar personas, tanto de la empresa como del sector público, datos precisos, útiles y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes, y el recupero del producto o las ganancias del delito.

Esta ley no tiene nombre y apellido. No habla de una empresa en particular, como pretenden instalar algunos sectores, con interés en desprestigiar y bloquear este tipo de iniciativas. Lamentablemente la historia argentina tiene varios casos de corrupción con participación del sector privado.

Los nombres que sí lleva esta ley son: transparencia, credibilidad, verdad, lucha, prevención, fortalecimiento institucional, honestidad, progreso, desarrollo. Valores que tenemos que empezar a empoderar en este país.

La misión es brindar un marco para seguir transparentando la relación entre el sector público y el privado, como ya comenzamos con los nuevos sistemas de licitaciones públicas, transparentes y ágiles, o como con la ley de acceso a la información pública. Este Gobierno tiene la firme voluntad de acabar con la corrupción estructural en la Argentina, de terminar de una vez por toda con las empresas truchas armadas desde lo más alto del poder para delinquir. Queremos generar un verdadero cambio cultural en la relación entre el Estado y las empresas contratadas para realizar una obra o para prestar servicios. Nunca más el saqueo en la Argentina.

 

(*) Senadora nacional por Tucumán (UCR-Cambiemos).

 

Lo más visto