Prisión preventiva para el acusado de robar un celular en una inmobiliaria de Cipolletti

La Unidad Fiscal de Delitos en flagrancia a cargo del fiscal jefe, Gustavo Herrera y la fiscal adjunta Giovanna Moro formuló cargos contra un acusado de robo doblemente calificado, por un hecho ocurrido en la zona céntrica de Cipolletti el lunes por la tarde.

Locales 20/03/2019
Ministerio

Según indicaron los representantes del Ministerio Público, el hecho sucedió alrededor de las 19:50 de este lunes, cuando el acusado junto a otras tres personas que todavía no han podido ser identificadas ingresaron a una inmobiliaria de la calle Belgrano y se apoderaron de un teléfono celular propiedad de la dueña del local. Para cometer el asalto y a modo de intimidación, algunos de los autores del robo apuntaron a las víctimas con armas de fuego y exigieron la entrega de dinero.

Tras lo anterior y con el teléfono como botín, los sujetos se dieron a la fuga, siendo uno de ellos aprehendido por vecinos que se encontraban en cercanías del lugar Yrigoyen y Mengelle de esta ciudad.

La calificación legal del caso es la de robo doblemente calificado por ser cometido en poblado y en banda y por la utilización de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada.

Prisión preventiva

La fiscalía solicitó además la prisión preventiva del acusado fundando el pedido en los peligros procesales que entendió que existían en el caso. Al respecto, Herrera señaló que el hecho lo perpetraron cuatro personas y que portaban armas de fuego, sumado a que tres de las víctimas eran mujeres y que – como trabajaban en el lugar donde se suscitó el robo – el acusado sabía en que lugar podría encontrarlas. Por lo anterior sostuvo que debía dictarse el encarcelamiento cautelar del acusado.

El defensor oficial, Juan Pablo Piombo, se opuso a lo anterior y señaló que la fiscalía no había podido acreditar la existencia de riesgos procesales que justifiquen el dictado de la cautelar.

La Jueza de Garantías Sonia Martín, resolvió dictar el encarcelamiento cautelar del acusado por el plazo de un mes. La magistrada consideró que en caso de recuperar la libertad al acusado podría entorpecer la investigación y sostuvo que por su función tenía la obligación de velar por el cumplimiento de los convenios internacionales, siendo aplicable al caso en concreta y por hallarse mujeres como víctimas y principales testigos del caso, la Convencion interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, más conocida como Convención de Belem do Pará.

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