La fiscalía solicitó que la condena por el femicidio de Agustina sea confirmada
En la audiencia de impugnación por el femicidio en el cual resultara víctima Agustina Fernández, la defensa del acusado presentó ocho agravios y solicitó que el juicio por jurados y el veredicto de culpabilidad en contra del acusado sean declarados nulos.
En la audiencia de impugnación por el femicidio en el cual resultara víctima Agustina Fernández, la defensa del acusado, Pablo Parra, presentó ocho agravios y solicitó que el juicio por jurados y el veredicto de culpabilidad en contra del acusado sean declarados nulos. La fiscalía y la querella requirieron que la sentencia a prisión perpetua sea confirmada.
Al comienzo de la exposición, la defensa planteó los motivos por los cuales consideraba que el debate oral debía ser declarado nulo. Como primer agravio, consideraron que la acusación de la fiscalía y la querella fue imprecisa y que los acusadores tuvieron acceso a información que ocultaron a la defensa. Por otro lado, retomaron un planteo de instancias anteriores en las cuales pidieron la prórroga de jurisdicción, es decir, que el juicio se realice en una localidad distinta de Cipolletti y que los jurados no sean oriundos de esta ciudad.
Cinco agravios se centraron en la producción de prueba. Entre ellos mencionaron que se obtuvo información que fue incorporada al juicio a partir de la declaración del imputado, sin respetar el derecho a guardar silencio. En similares condiciones informaron que familiares del imputado aportaron datos sin conocer la posibilidad que tenían de abstenerse de declarar. Reiteraron que los testimonios de una ex pareja del imputado y del perito criminalístico de la querella no debieron ser admitidos, y que tampoco debería haberse permitido valorar un trozo de tela azul que contenía ADN del acusado por considerarlo contaminado.
Finalmente, consideraron que el veredicto debía ser declarado nulo por ser contrario a la prueba producida en el debate. La solicitud al tribunal de impugnación fue que se revoque la sentencia y se reenvíe el caso para realizar un nuevo juicio con los lineamientos referidos anteriormente.
La fiscalía y la querella contestaron todos los agravios y solicitaron que el recurso de la defensa sea rechazado y la condena confirmada.
Sobre el supuesto ocultamiento de información, argumentaron que la defensa no se entrevistó con los testigos antes de la realización del juicio, que no solicitó que se produzcan nuevas pruebas durante el debate, ni tampoco solicitó tiempo para preparar el contra examen por la supuesta incorporación de información que se le habría ocultado.
Refiriendo a la sede del juicio y la conformación del jurado, explicaron que durante la selección de jurados se pudo conformar un jurado imparcial y que se confeccionó un formulario contestado por todos los convocados que contenía más de cien preguntas en las cuales se podía detectar si tenían prejuzgamiento contra el acusado o si su opinión se encontraba contaminada por la información publicada en los medios de comunicación. Precisaron situaciones en las cuales potenciales jurados habían sido recusados o dispensados por haber tenido posición tomada en base a información a la que habían accedido por redes sociales o por diarios digitales.
Sobre la información que el acusado aportó a la investigación, mencionaron que en un comienzo el acusado denunció un robo en su vivienda en la cual Agustina había sido agredida y en el marco de las declaraciones que brindó sobre ese supuesto robo, aportó información de forma espontánea. Su versión preveía una coartada que en un primer momento aparentaba ser sólida, pero que con el devenir de la investigación se debilitó. Entre la información que aportó el acusado, refirió que tenía previsto realizar un viaje a San Martín de los Andes y que con la única persona con la que había tenido problemas anteriormente era una ex novia de su juventud. Los acusadores coincidieron además en que esta información también surgió de otros testigos del caso y de evidencias objetivas como los análisis de las comunicaciones telefónicas.
En cuanto a los agravios de las pruebas planteados por la defensa, describieron los motivos por los cuales se citó a cada persona a declarar al debate, explicaron cómo se obtuvo la información que aportaron y explicitaron que es lo se buscaba probar con cada uno de ellos y consideraron que no debía hacerse lugar a lo requerido por la defensa.
Al último agravio, los acusadores respondieron que sólo podría anularse la decisión del jurado por un supuesto de "veredicto imposible". Recordaron que la forma de analizar la prueba por parte del jurado popular no es igual a la de los jueces profesionales y, por ese motivo, durante el veredicto no se dan los motivos de su decisión. Si una resolución de un juez profesional no fuera debidamente fundada, podría ser nula, pero no sucede lo mismo con las decisiones de los tribunales populares.
La fiscalía y la querella cerraron su exposición repasando las principales declaraciones y pericias que fueron la base de su teoría del caso. "La defensa trajo su prueba y pensó que con esa prueba le iba a alcanzar para generar la duda. El jurado no le creyó a la defensa y lo declaró culpable", concluyó el fiscal jefe, representante del Ministerio Público Fiscal. En síntesis, requirieron que el recurso de la defensa sea rechazado y la condena sea confirmada.
El Tribunal de Impugnación adelantó que resolverá dentro del plazo legal de veinte días hábiles.
El hecho investigado sucedió el 2 de julio de 2022 en Cipolletti. En mayo de este año, un jurado popular declaró culpable por el delito de femicidio al acusado por haber asesinado a la víctima agrediéndola físicamente en el interior del departamento que el imputado alquilaba en un complejo ubicado en calle Confluencia al 1300 de Cipolletti. Tras la audiencia de cesura, se le impuso la pena de prisión perpetua.
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