Condenan a un hombre por distribuir imágenes de abuso sexual infantil
En Choele Choel, un hombre fue condenado a la pena de 4 años de prisión por el delito de tenencia de imágenes de Abuso Sexual Infantil con fines de distribución, agravada por la edad de las víctimas.
En Choele Choel, un hombre fue condenado a la pena de 4 años de prisión por el delito de tenencia de imágenes de Abuso Sexual Infantil con fines de distribución, agravada por la edad de las víctimas. Además se le revocó una condena condicional que se encontraba cumpliendo y se unificaron ambas, por lo que estará 5 años y medio privado de su libertad.
El acusado se encontraba en prisión preventiva desde que se realizó en su domicilio un allanamiento a raíz de un reporte recibido la organización Nacional Center for Missing and Exploited Children, a través del convenio que tiene la ONG con la fiscalía de la Ciudad de Buenos Aires y éste a su vez con el Ministerio Público de Rio Negro.
El material detectado en sus redes sociales luego de las pericias forenses, comprendía una sucesión de 6 minutos de videos de abuso sexual infantil de niños/as menores de 12 años. Ni víctimas ni perpetradores fueron identificados en dichas imágenes.
Conocidas las pericias que daban cuenta de la existencia de dicho material que el hombre había compartido a través del servicio de mensajería de la red social Facebook, el Ministerio Público Fiscal avanzó en un acuerdo de procedimiento abreviado con la defensa.
El mismo implicaba una pena de cuatro años de prisión, la revocatoria de una condena de modalidad condicional que se encontraba cumpliendo y la unificación de ambas en 5 años y 6 meses de prisión efectiva. Ello fue expresado por el Fiscal en la correspondiente audiencia y contó con el acuerdo de la Defensora oficial del acusado.
En dicha instancia el Tribunal compuesto por tres jueces de juicio, adelantaron que aceptarían el acuerdo y así fue destacado en la sentencia: “Es importante el caudal probatorio con el cual contaba (la Fiscalía) para acreditar la responsabilidad penal del enjuiciado (…). Evidencias estas, que no fueran objetadas ni cuestionadas por la Defensa Técnica del imputado; en base a lo cual se acredita ambos extremos de la imputación delictiva, esto es, la existencia del hecho”.
A su turno el acusado aceptó los hechos, la calificación legal y la pena prevista que ya se encuentra cumpliendo en el Complejo Penal unicado en la zona del valle medio rionegrino.
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