Odarda pide que los incendios forestales intencionales sean penados con todo el rigor de la ley

La Senadora Nacional Magdalena Odarda (partido RIO), manifestó su preocupación por los incendios provocados en el norte de la provincia de Chubut, en cercanías a El Bolsón (RN).

Regionales 05/02/2019
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Magdalena Odarda, autora de la Ley que pena con máxima rigurosidad los incendios intencionales.  pide esfuerzos en la investigación para dar con los responsables y protección legal inmediata a las superficies quemadas para evitar mayor impacto. Las llamas ya habrían consumido más de 1550 has de bosque nativo, según informan algunos medios nacionales.

La ley 27353, de autoría de Odarda, tiene como objetivo principal proteger los bosques quemados para su recuperación y disuadir los incendios intencionales con fines comerciales o especulativos.

El artículo 1ro de esta ley de Manejo del Fuego, determina que “En caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el titular de los mismos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio, de acuerdo a las categorías de conservación asignadas por el ordenamiento territorial de los bosques nativos de la jurisdicción correspondiente, elaborado conforme a la ley 26.331. Los bosques no productivos abarcados por la ley 13.273 serán asimismo alcanzados por la restricción precedente.” (artículo 22 bis de la ley 26815).

Vale esto decir, que no se podrá modificar el uso de la superficie quemada permitiendo, por ejemplo, loteos u otra actividad económica que este prohibida según categorización previa.

 “Es inexplicable que por ambición algunos provoquen incendios terminando con la biodiversidad, poniendo en peligro la vida de pobladores y brigadistas. La ambición que motiva estos incendios debe ser penada por la ley con rigor, poniendo a disposición todo recurso para investigar y dar con los responsables.”, dijo Odarda.

La Senadora rionegrina, a su vez, es autora de un proyecto de ley que incorpora un Capitulo Ambiental al Código Penal Argentino, reprimiendo con presión “de tres a diez años, siempre que el hecho no constituyere un delito más grave, el que destruyere, quemare, dañare o talare, en todo o en parte, bosques u otras formaciones vegetales, naturales o cultivadas, que se encuentren especialmente protegidas por ley. (Artículo 326º).

Los incendios intencionales de bosques o plantaciones son delitos ambientales, que deben ser penados por la ley con rigor. Casi la totalidad de los incendios son intencionales, según un informe de 2016 de la provincia de Chubut.

Odarda recordó que “Durante los años 2014/2015 casi 42 mil has de bosque nativo se quemaron en Chubut, según un estudio realizado. A ello deben sumarse los incendios en la cordillera rionegrina que para ese periodo y enero 2016, elevaron a un total de 60 mil has, aproximadamente.”.

En 2016, se quemaron casi 2 mil has en el PN Los Alerces en Chubut, muy cerca de los focos del año anterior, que vale recordar, fueron 12 focos.

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