Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en Argentina.
Caputo eliminó un fideicomiso de salud en el que intervenía la CGT
Lo hizo el Ministerio de Economía a través de la Resolución 666/2024
Nacionales03/08/2024El Gobierno nacional eliminó el Fondo Fiduciario para la Cobertura Universal de Salud (CUS) en cuyo manejo tenía incidencia la Confederación General del Trabajo (CGT) con un monto asignado de $50 millones anuales.
Lo hizo a través de la Resolución 666/2024 del Ministerio de Economía publicada hoy en el Boletín Oficial.
Este fondo fue creado en 2016, funcionaba en el ámbito de la Secretaría de Salud y reasignaba fondos para equilibrar el sistema.
La unidad ejecutora de este fondo estaba constituida por dos personas designadas por el Ministerio de Salud, dos por la Superintendencia de Servicios de Salud y dos por la CGT.
El fondo era a través de gastos corrientes que asignaba el Ministerio de Economía que según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) fue de $49,2 millones durante el año pasado.
“La extinción del fideicomiso resulta oportuna en el contexto económico actual y se enmarca en la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de propender a la mayor transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos público”, indica la resolución 666.
Entre los considerandos, dicha resolución aclara que “para el ejercicio 2021 se transfirieron los saldos disponibles en el Fideicomiso de Administración constituido con destino a la financiación de la estrategia de Cobertura Universal de Salud (CUS), al Fondo de Emergencia y Asistencia de los agentes del seguro de salud”.
En función de la transferencia, indica que “el Contrato de Fideicomiso de Administración debe considerarse como de objeto y patrimonio agotado”.
“Dicho instrumento prevé expresamente en su artículo 8.1 que el Contrato se extinguirá, entre otros supuestos, (ii) por cumplimiento de su objeto y finalidades, conforme la correspondiente declaración en tal sentido por parte del Fiduciante o (iii) cuando se agote el patrimonio fideicomitido”, precisa la resolución.
En función de esta situación “resulta necesario declarar la extinción del citado Contrato de Fideicomiso de Administración por el que se constituyó el Fondo de Cobertura Universal de Salud”.
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