
El gobierno priorizó determinadas áreas en desmedro de otros ítems para sostener el superávit fiscal, aunque con aumento del gasto.
Las variaciones en las formas de contratación pueden generar más empleo, pero también eliminar derechos laborales, según especialistas
Nacionales09/06/2024El Senado tratará el miércoles próximo el proyecto de ley Bases, que incluye cambios de fondo en materia laboral, cuestionados por los gremios pero defendidos por el sector empresarial.
Parte de las reformas propuestas estaba ya incluida en el capítulo laboral del DNU N° 70/24, sancionado apenas asumido el nuevo gobierno.
Su aplicación, sin embargo, fue suspendida por el Poder Judicial por ser considerada inconstitucional.
La reforma que actualmente se debate resulta menos abarcativa, pero ello no significa que sea una reforma superficial o poco relevante, según expertos.
De acuerdo con un informe del centro de estudios CIFRA, de la CTA, las modificaciones incluidas “afectan sobre todo derechos individuales de los trabajadores/as, aunque avanzan también en forma directa sobre algunos derechos colectivos, en particular tras la inclusión de causales de despido vinculadas con acciones colectivas”.
“Se trata de una reforma que de varias formas puede incentivar el no registro de relaciones de dependencia, ya que elimina sanciones e indemnizaciones vinculadas con la no registración y, a la vez, habilita formas contractuales “no laborales” que pueden enmascarar relaciones de trabajo”, indicó.
En especial apunta a la figura de “trabajadores independientes con colaboradores”, a cuya creación se suman algunos cambios que facilitarían el uso de contratos de locación de obra o de servicios para la contratación de trabajadores, práctica difundida que suele encubrir relaciones laborales no registradas como tales.
En este mismo sentido podría interpretarse la derogación del estatuto del viajante de comercio, que se introduce en el proyecto sin justificación, señalaron desde CIFRA.
Se trata de una norma que regula la actividad de vendedores viajantes en relación de dependencia, estableciendo la especificidad de un vínculo de subordinación con las empresas cuyos productos venden y que los diferencia de los agentes comerciales autónomos.
Se incluye, además, un nuevo blanqueo laboral que también puede desincentivar la registración al generar la expectativa de nuevas condonaciones de deuda a futuro.
Para los asalariados formales implica precarizar su situación de diversas formas, advirtió CIFRA.
Por un lado, con la habilitación para la creación de fondos de cese laboral que reemplacen a la indemnización por despido, cuya creación implicará mayor inestabilidad e incertidumbre en las relaciones de trabajo y mayor disciplinamiento hacia los trabajadores.
Por otro lado, por la extensión del período de prueba –durante el cual se puede despedir sin indemnización- y la ampliación del alcance de la tercerización laboral con responsabilidad solidaria limitada.
La entidad consideró que “se afecta el carácter de permanente de los puestos de la planta de la administración pública, al simplificarse los mecanismos para su puesta en situación de disponibilidad y posterior despido”.
Visto desde el punto de vista de la parte empleadora, esta ley de algún modo recorta costos laborales (en algunos por la mayor permisividad hacia la no registración y el fraude laboral).
Pero ello no está asegurado y bien podría suceder lo contrario, tanto, por ejemplo, en relación con los fondos de cese laboral como con la promoción de formas contractuales cuya oscura y contradictoria definición pueden derivar en juicios laborales futuros, señaló CIFRA.
“Para los trabajadores se trata de pérdida de derechos, de menor protección y mayor inestabilidad. No se advierte de ningún modo una modernización de las relaciones laborales ni una promoción del empleo registrado ni un intento por mejorar su calidad”, indicó.
El proyecto no avanza, en cambio, en aspectos que requieren atención, como la promoción de la igualdad de género o los cambios en las formas productivas que han dado pie al surgimiento de configuraciones de relaciones laborales que pueden no quedar cubiertas o protegidas por las leyes vigentes.
“Se trata, en definitiva, de una reforma profunda, que no es nueva en tanto intento de avanzar sobre los derechos colectivos e individuales de las y los trabajadores y no aporta, en cambio, soluciones a los problemas acuciantes tales como las profundas desigualdades que caracterizan al mercado laboral argentino y, en particular, la existencia de un sector creciente que queda por fuera de las relaciones laborales formales y protegidas”, señaló.
(NA)
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