La Cámara Federal dispuso el excarcelamiento de Cristóbal López y Fabián De Sousa

La Justicia revocó la prisión preventiva de ambos empresarios del Grupo Indalo, aunque confirmó el procesamiento en la causa por presunta estafa a la AFIP.

Nacionales16/03/2018
Cristobal Lopez Fabian De Sousa

La Cámara Federal porteña otorgó hoy la excarcelación a los detenidos empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa por considerar que su libertad no pone en riesgo la investigación contra el Grupo Indalo, por una presunta estafa millonaria a la AFIP, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue tomada por la Sala I del tribunal de apelaciones, que debió recurrir al voto del camarista Eduardo Farah para desempatar entre las posiciones de Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia, que fue quien consideró que la prisión preventiva debía "ser confirmada".

Los empresarios quedarían en libertad esta misma tarde desde su lugares de detención, según informaron fuentes judiciales: López sería liberado en el Penal de Ezeiza y Sousa, en Marcos Paz.

Los magistrados confirmaron los procesamientos de López, de De Sousa y el ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray, pero ordenaron liberar a los dos empresarios que estaban detenidos de manera preventiva y modificar la calificación legal del delito que se les atribuye.

La decisión fue tomada en la causa que investiga la evasión de al menos 8.000 millones de pesos del pago al fisco de lo recaudado por la empresa Oil Combustibles, en calidad de agente de retención del impuesto a la transferencia de los combustibles.

Según la acusación, ese dinero fue utilizado, en cambio, para capitalizar a otras empresas del grupo empresario que lideraba López.

López y De Sousa están detenidos desde fines de diciembre del año pasado, cuando el juez Julián Ercolini entendió que el intento de venta del Grupo Indalo al fondo de Inversión OP investments era un intento de eludir el accionar de la Justicia.

Con los votos de Ballestero y Farah, la Cámara Federal sostuvo que el intento de venta no implicó una obstrucción a la causa penal y que el delito por el que debe investigarse a los procesados es "apropiación indebida de tributos" y no "administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública".

Fuentes judiciales informaron a Télam que el intento de venta del Grupo Indalo podía tener consecuencias en el concurso de acreedores de la firma Oil Combutibles, que se tramita ante el fuero comercial, pero no en el juicio que se tramita en los tribunales federales de Comodoro Py.

"Si el encierro cautelar fuera el modo adecuado de tutelar las acreencias del Estado, no puedo imaginar cuántos otros empresarios debieran estar acompañando hoy, sin juicio de por medio, a Cristóbal López y a Fabián de Sousa. No se necesitaría otra cosa que hacer un repaso por los más voluminosos procesos que transitan en sede comercial", sostuvo Ballestero en su voto por la liberación de los empresarios.

"Me veo en el imperativo de revocar los alcances de la prisión preventiva decretada a Cristóbal López y de Fabián de Sousa, ordenando su inmediata libertad, de no mediar otro impedimento", remarcó el mismo magistrado a cuyo criterio se sumó luego su colega Farah.

"El encarcelamiento de los imputados es incoherente con el criterio adoptado por el mismo juez al mantener la libertad ambulatoria del funcionario público consorte de causa, o el que respecto de ellos mismos se adoptó en otros legajos conexos", sostuvo Farah.

El delito de "apropiación indebida de tributos" tiene una pena de dos a seis años de prisión para los autores (contribuyentes) y se agravaría en el caso de Echegaray por haber favorecido la comisión del delito desde su posición de funcionario público.

Según el procesamiento que les había dictado el juez Ercolini, López y De Sousa se beneficiaron de "modo sistemático y deliberado" de "facilidades de pago vinculadas al pago del impuesto a la transferencia de combustibles líquidos", que les facilitó Echegaray entre mayo de 2013 y agosto de 2015.

A los tres procesados, los camaristas les confirmaron embargos por por 8.945 millones de pesos, según surge del fallo de 110 páginas.

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