Condenan a cuatro años y medio de prisión a un hombre que mató a otro bajo emoción violenta en Río Negro

Un carnicero fue condenado a cuatro años y medio de prisión por matar bajo un estado de emoción violenta a otro hombre, en julio de 2022 en la localidad rionegrina de San Javier y seguirá en libertad con tobillera electrónica hasta que la sentencia quede firme

Regionales 31/08/2023
fiscalia viedma

Un carnicero fue condenado a cuatro años y medio de prisión por matar bajo un estado de emoción violenta a otro hombre, en julio de 2022 en la localidad rionegrina de San Javier y seguirá en libertad con tobillera electrónica hasta que la sentencia quede firme, informaron hoy fuentes judiciales.

El fallo de los jueces Guillermo Bustamante, Ignacio Gandolfi y Marcelo Álvarez recayó sobre Carlos Fabián Luján, quien fue hallado culpable del homicidio de Ezequiel Francisco.

Según la información oficial, el condenado "ejerce el oficio de carnicero", y de acuerdo a la acusación fiscal a cargo de Mariana Giammona y Georgina Amaro, se dio una discusión en su local con la víctima y ya fuera del comercio "lo persiguió y le asestó múltiples puñaladas".

Según se detalló, "el encuadramiento legal del caso tuvo en cuenta la pericia médica al agresor, se trató de un hecho cometido bajo estado de emoción violenta".

En ese marco, "se cumplen con los siguientes tópicos que la componen: Representación mental súbita y sorpresiva de una situación disvaliosa; conmoción afectiva e inhibición de las funciones intelectuales superiores; esta conmoción generó una respuesta psicomotora inmediata pero que resulta consecuencia de una acumulación de tensión generada por las circunstancias donde Lujan y su familia política se declaraban víctimas de robos y daños".

Tras una primer proceso abreviado parcial, se desarrolló la etapa del juicio de cesura, estipulada por el Código Procesal Penal para evaluar el monto de la pena.

La Defensa solicitó un año y nueve meses, la fiscalía cinco años y la querella cinco años y medio de privación de la libertad.

A la hora de ponderar el monto de la pena, el Tribunal tuvo en cuenta distintos elementos.

"Se ha tratado de una conducta que importó el despliegue de una violencia estremecedora; la utilización de un elemento con un elevado poder de daño, con el que se produjeron múltiples lesiones, esto es, repetidamente", se explicó.

Asimismo, se agregó que "inconmensurable resulta la consideración sobre la extensión del daño, que debe establecerse no solamente respecto de la víctima directa, sino del resto de las víctimas del hecho, su familia".

"Se destacó el esfuerzo para mejorar la calidad de vida del grupo familiar y la carencia de antecedentes penales, también se ponderó que como consecuencia del hecho sufrió la quema y la rotura de bienes en el comercio de su propiedad lo que le impidió continuar con la actividad que desarrollaba y una disminución de su capacidad laboral", dice el fallo.

Finalmente se informó que, "en el marco de que la sentencia no está firme", el acusado permanecerá en libertad con la portación de una tobillera, no puede volver a San Javier y no se puede retirar de la comarca Viedma-Carmen de Patagones.

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