La AFIP ratifica fechas de vencimiento de Bienes Personales y Ganancias tras fallo judicial

De esta forma, las fechas de presentación de declaraciones juradas y de pagos de Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2021 continúan previstas para el periodo comprendido entre los días 23 y 27 de junio.

Nacionales 23/06/2022
AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó hoy que las fechas de vencimientos para los impuestos sobre los Bienes Personales y Ganancias continúan vigentes; y que la medida judicial que estipuló su postergación sólo alcanza a los profesionales matriculados en el Consejo de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

De esta forma, las fechas de presentación de declaraciones juradas y de pagos de Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2021 continúan previstas para el periodo comprendido entre los días 23 y 27 de junio.

Anoche, el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 12 hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal (Cpcecaba).

El fallo, firmado por la jueza federal Macarena Marra Giménez, ordena prorrogar los vencimientos y el pago de ambos tributos “hasta después de transcurridos sesenta (60) días desde que fueron puestos a disposición los sistemas web necesarios para cumplir dicha labor, es decir a partir del día 12 de julio en adelante".

El Cpcecaba argumentó que los aplicativos necesarios para la liquidación de los tributos “se hizo efectiva a mediados a mediados del mes de mayo, con errores que merecieron correcciones y que se constituyeron en un importante aporte a la confusión y a la complejidad en la realización de la tarea”.

En tanto, en un comunicado, la AFIP calificó hoy a la medida judicial como “lamentable” y subrayó que “sólo alcanza a los profesionales matriculados en el Cpcecaba”.

“La decisión judicial sólo alcanza a sus propias declaraciones juradas y cuando dichos profesionales intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP”, subrayó el organismo tributario dirigido por Mercedes Marcó del Pont.

Del mismo modo, recordó que aquellos profesionales del Cpcecaba que lo consideren “pueden autoexcluirse y realizar sus presentaciones”.

“Resulta lamentable que una jueza de primera instancia dicte, contra los procedimientos previstos en la ley, una medida interina que pretende lesionar la capacidad del Estado para recaudar impuestos”, cuestionó la AFIP, e indicó que “se trata de un hecho de gravedad” porque “afecta la coparticipación y, por lo tanto, el financiamiento de las provincias y municipios de todo el país”.

Tras el fallo, las áreas jurídicas de la AFIP presentarán hoy el informe requerido por la Justicia.

Según el organismo, “más del 30% de las personas alcanzadas (por los tributos) ya cumplieron con sus obligaciones, incluso antes de que comiencen los vencimientos”.

En el comunicado, la AFIP anticipó que “verificará el correcto uso de las claves fiscales” y recordó que la misma es “personal e intransferible”.

Aunque “existe la posibilidad de delegar formalmente un servicio como la presentación de una declaración jurada”, la AFIP enfatizó que no es legal “que otra persona ingrese con una clave fiscal que no sea la propia para realizar trámites”.

Las presentaciones y pagos de Ganancias y Bienes Personales podrán cumplirse hasta las siguientes fechas, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente: los terminados en 0, 1, 2 y 3 tendrán fecha de presentación hasta el día de hoy y fecha de pago hasta el 24 de junio; 4, 5 y 6 fecha de presentación hasta el 24 de junio y de pago hasta el 27 de junio; y 7, 8 y 9 presentación hasta el 27 de junio y pago hasta el 28 de junio.

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