Durante este domingo se realizaron trabajos sobre el puente ferrocarretero y la ruta 151 de cara al regreso del tren de pasajeros a Cipolletti.
Caso Estelita: Jara deberá pagar $160 mil y cumplir con una pena en suspenso por crueldad animal
Jara fue condenado a diez meses de prisión condicional. Además deberá cumplir con una serie de pautas de conductas que incluyen no tener animales a su cargo por dos años y la realización de un curso sobre tenencia responsable de animales.
Locales 09/08/2021Jonathan Jara acusado del delito de ejercer tratos crueles contra la animal no humana “Estelita”, deberá abonar todos los gastos veterinarios y una compensación económica con la cual agrupaciones proteccionistas elaborarán un mural en memoria de la perra galga. El hombre fue condenado a diez meses de prisión condicional.
A partir de un entendimiento entre la fiscalía, la querella que representa a la Asociación Protectora de Animales de Fernández Oro (APAFO) y a la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA) y la defensa del imputado, se pudo avanzar en el dictado de una sentencia de tipo compositiva.
Por un lado, el hombre se comprometió a abonar todos los gastos médicos veterinarios que conllevaron el tratamiento de “Estelita” y además abonar todos los materiales requeridos para la elaboración de un mural en recordatorio de la perra galga. Además deberá cumplir con una serie de pautas de conductas en el marco de un condenado de ejecución condicional que incluyen no tener animales a su cargo por dos años y la realización de un curso sobre tenencia responsable de animales.
Desde el Ministerio Público Fiscal se destacó la solución alcanzada en el día de la fecha que mostró buena predisposición tanto de las abogadas que representan a las proteccionistas, como así también, de la defensa oficial que representó al acusado.
Por otro lado, el fiscal jefe a cargo del caso, destacó que el Procurador General, Jorge Crespo, dictó el año pasado una Instrucción General que dispone que los fiscales de toda la provincia deben oponerse a que se otorguen beneficios procesales como el criterio de oportunidad y la suspensión de juicio, circunstancia que motivó que el presente caso avance a juicio y se transforme en uno de los primeros precedentes en el país en el cual se condene a un autor de delitos contra los animales no humanos. Como las partes renunciaron a los plazos para interponer recursos, la sentencia quedó firme en el día de la fecha.
El hecho investigado ocurrió entre las últimas horas de 22 de mayo y las primeras del 23 de mayo de 2019 cuando el imputado conducía su automóvil con “Estelita” atada con una soga al mismo, arrastrándola por la cinta asfáltica de la Ruta Provincial 65. Al otro día, la perra galga fue hallada abandonada y sin recibir atención médica veterinaria, siendo asistida posteriormente por integrantes de APAFO quienes tomaron conocimiento de lo ocurrido a través de las redes sociales. Finalmente y pese a los intentos de los profesionales por salvarse la vida, la misma falleció el 4 de agosto de 2019.
Según la hipótesis fiscal, las lesiones fueron provocadas de forma intencional por el acusado, quien con su accionar le causó “torturas y sufrimientos innecesarios” conducta que encuadra como el delito de Crueldad animal conforme artículo 3 inciso 7° de la Ley Nacional 14.346.
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