Rigen hasta el 16 de julio las nuevas medidas sanitarias en Río Negro

Entre las medidas, "se habilitó las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas y en espacios públicos al aire libre de hasta 20 personas".

Regionales12/07/2021
Habitante RN 13-10

El Ministerio de Salud de Río Negro habilitó una serie de actividades en el marco de las medidas de cuidado por coronavirus, entre ellas las reuniones sociales de hasta 10 personas en domicilios particulares y apertura de salones de eventos, mientras continúa restringida la circulación de personas entre las 22 y las 6.

La provincia, que dispuso las medidas hasta el 16 de julio, actualmente han aplicado más de 400 mil dosis de vacunas contra el coronavirus, lo que representa el 95,6 % del total recibido, según datos suministrados por Salud provincial.

Entre las medidas, "se habilitó las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas y en espacios públicos al aire libre de hasta 20 personas".

Asimismo, se extendió el horario de casinos y bingos hasta las 24 horas y se habilitó la apertura de salones de eventos, con un aforo máximo del 50% o un máximo de 100 personas, sin pista de baile.

Mediante la resolución 4989 quedaron exceptuadas de la medidas las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional, que "en todos los casos deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19", aclararon desde la cartera sanitaria rionegrina.

Con respecto a los locales gastronómicos, podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

Mientras que los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

Por otra parte, los eventos deportivos profesionales o amateurs, podrán realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, mientras que la práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados deberán tener el 50% del aforo, sin público.

Los eventos religiosos cerrados, que impliquen concurrencia de personas, deberán observar, como máximo, un 30% del aforo.

En tanto, en las salas de teatros y de espectáculos se permitirá un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas, y en los cines un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

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