Se escapó del hospital y le formularon cargos por violar medidas sanitarias

En una audiencia celebrada esta semana, un hombre que estuvo infectado de Covid-19 fue acusado de violar en dos oportunidades las medidas preventivas dispuestas por el Gobierno Nacional.

Locales08/10/2020
Hospital Pedro Moguillansky 3

El primer delito que se le imputa ocurrió el 11 de julio pasado, alrededor de las 21:20 horas cuando el acusado se dio a la fuga del hospital de Cipolletti donde se encontraba internado por haber sido diagnosticado como caso positivo de coronavirus, dirigiéndose a un domicilio ubicado en un barrio de emergencia de esta ciudad. Tras la intervención de personal sanitario, el hombre aceptó ser trasladado nuevamente al nosocomio cerca de la medianoche.

El día siguiente, el 12 de julio alrededor de las ocho de la mañana, el imputado volvió a darse a la fuga del centro de salud donde permanecía internado, retirándose del sector de internación destinado a los pacientes que se encuentran infectados con la mencionada enfermedad. Su paradero fue desconocido hasta las 14:45 cuando regresó a su domicilio y fue ubicado por personal policial, que en conjunto con personal de salud público volvió a organizar su traslado al nosocomio.

Según indicó el representante del Ministerio Público Fiscal, con su accionar el hombre violó las medidas dispuestas por las autoridades competentes del Poder Ejecutivo Nacional para impedir la propagación de la epidemia del Covid 19, ordenadas mediante Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 y sus prórrogas.

Cabe señalar que la respectiva de formulación de cargos no fue solicitada anteriormente puesto que el hombre debía afrontar el correspondiente tratamiento médico y que misma fue requerida una vez superado lo anterior y ya restituidos los plazos procesales.

La calificación legal en el cual la fiscalía encuadró el caso como propagación de una enfermedad
contagiosa y peligrosa y violación de medidas para contener la propagación de una epidemias en dos hechos, figuras previtas en los artículos 202 y 205 del Código Penal. La calificación legal es provisoria puesto que resta confirmar si alguna persona sufrió algún contagio por el accionar del acusado y si esta situación es requisito indispensable para la configuración del delito de propagación de epidemias.

Cabe señalar que siguiendo lo previsto por el Código Penal, las penas previstas según la calificación legal la pena mínima para el caso es de tres años de prisión, pero que como el imputado cuenta con antecedentes penales computables la pena a imponer en caso de ser hallado culpable sería de cumplimiento efectivo.

La defensa oficial que representa al acusado si bien no formuló objeciones al hecho ni a la calificación legal, adelantó que hará los planteos correspondientes en las próximas instancias procesales.

La Jueza de Garantías que intervino en la audiencia tuvo por formulados los cargos en los términos expuestos por la fiscalía y dispuso un plazo de investigación de cuatro meses de cara a la solicitud del control de la acusación previo al juicio.

Teniendo en cuenta que existen la posibilidad de vulnerar derechos constitucionales sobre la intimidad del imputado en base a exponerse su estado de salud, no se brindarán datos que permitan la identificación del mismo.

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