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La Universidad del Comahue autoriza a las unidades académicas a implementar mesas de examen modalidad virtual para estudiantes que tengan pendiente una sola materia para recibirse.
Regionales23/05/2020A través de las disposiciones 004/2020 y 005/2020 de la Secretaría Académica de la UNCo se autoriza a las unidades académicas a implementar mesas de examen modalidad virtual para estudiantes que tengan pendiente una sola materia para recibirse.
Mediante la disposición N° 005 la Secretaría Académica de la Universidad Nacional del Comahue con fecha del 19 de mayo de 2020, estableció ampliar los alcances de la Disposición N° 002/2020 para todas las defensas de trabajos finales de carrera, tesis y tesinas de grado y para los casos de solicitudes de rendir la última asignatura del plan de estudios;
Por ello:
La Secretaría Académica de la Universidad Nacionale del Comahue dispone:
Artículo 1 1°: Autorizar el procedimiento detallado en el Anexo único para los casos contemplados en los art. 32° punto 1) en el caso que se rinda la última asignatura, y art. 33° inc. a) de la Ordenanza N°273/18, correspondientes a la última asignatura, que fuera omitido en la Disposición N°004/2020.
Anexo único
Procedimiento para rendir los casos contemplado en los art. 32° punto 1) y art. 33° inc. a) de la ordenanza N.° 273/18, carreras de pregrado y grado, en el marco de la suspensión de actividades académicas presenciales - aislamiento social preventiva COVID_19; a desarrollar por la Unidad Académica.
I. La Dependencia responsable (Director/a del Departamento Académico, Director/a de Carrera, Comités de Tesis, etc.) eleva a la Secretaria Académica, y por su intermedio al Departamento de Alumnos, mediante correo electrónico institucional, con copia a la Dirección de Administración Académica, la conformación de la mesa examinadora para rendir la última asignatura del plan de estudios de las carreras de pregrado y grado indicando el día y la hora en que se llevara a cabo, el medio virtual que se utilizara, así como el personal que actuara como anfitrión y los docentes que conformaran el tribunal examinador, explicitando quien presidirá la mesa.
II. En caso del examen final regular, si hubiese una instancia de evaluación escrita deberá ser remitida a la Dirección del Departamento Académica para su resguardo.
III. En caso del examen final libre se debe garantizar lo establecido en el art. 33° inc. c) de la Ordenanza N°273/18. La instancia escrita deberá ser remitido a la Dirección del Departamento Académica para su resguardo.
IV. El Departamento de Alumnos recibirá la solicitud, generará el Acta de Examen Final en el Sistema Siu Guaraní, y enviará el archivo PDF a través del correo institucional, al Tribunal, a la Dirección de Administración Académica y a la Secretaria Académica, entendiéndose que la misma se encuentra habilitada y disponible en el sistema para su sustanciación.
V. Se sustanciará virtualmente del examen con las pautas establecidas por la Secretaria Académica, y el/la presidente del Tribunal completará el acta mediante el acceso web del Sistema Siu Guaraní e informar al correo institucional del Departamento de Alumnos y a la Dirección de Administración Académica que se ha completado la carga al sistema.
VI. El Departamento de Alumnos cerrará el acta, generará el archivo pdf y, previa supervisión de la Dirección de Administración Académica, lo enviará a la Secretaria Académica vía correo institucional. Esta acta es válida y estará ratificada a través de la impresión de dos ejemplares del Acta original que deberán completarse y firmarse por el Tribunal según la normativa vigente y entregarse al Departamento de Alumnos cuando se levante la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, y se reactive el funcionamiento de las áreas académicas de la Universidad.
VII. La Unidad académica podrá emitir el certificado de título en trámite.
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