Confirman prisión preventiva para líder e integrantes de la megabanda

Locales 03/02/2020
José “Chiqui” Forno

Tras la solicitud del Ministerio Público Fiscal de que sea rechazado el recurso de impugnación a la prisión preventiva de los acusados, el Tribunal de Impugnación resolvió confirmar la medida cautelar dispuesta por el Tribunal de juicio de Cipolletti. Según se consideró, los imputados incumplieron las pautas de conducta impuestas y permanecerán detenidos.

Se recuerda que tras la sentencia que recayó en contra de los acusados a penas que van desde los 19 a los 30 años de cárcel, los imputados permanecía en libertad con estrictas pautas de conductas.  En agosto pasado, los fiscales Gustavo Herrera, Santiago Marquez Gauna y Guillermo Merlo, solicitaron que se dicte la prisión preventiva del líder de la banda José "Chiqui" Forno y de sus dos principales colaboradores entendiendo que habían violado las disposiciones de los jueces para mantener la libertad.

El Tribunal integrado por Alejandra Berenguer, Laura Gonzalez Vitale y Marcelo Gomez, tras evaluar las evidencias ofrecidas tanto por la fiscalía como por las defensas de los acusados, entendió que estaba probada la violación a las pautas de conducta.

En cuanto al líder de la banda, se consideró que el mismo había podido mantenerse por fuera del monitoreo dispuesto por la tobillera electrónica que se le había colocado por el plazo de dos horas, brindando distintas explicaciones que no resultaron suficientes para el Tribunal.

“Definitivamente eludió por un rango de más de dos horas el control tutelado de su libertad y luego ensayó explicaciones que se convirtieron en baladíes ante la demostración efectuada por el Lic. Calvo de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME) en audiencia”, concluyeron oportundamente.

Un segundo imputado de forma similar, logró sustraerse del control mediante el dispositivo GPS durante 47 minutos en julio pasado.

Al tercer acusado en cambio, se le endilgó que había violado la pauta de conducta que le impedía comunicarse con los restantes miembros de la asociación ilícita. Para resolver su cautelar, se tuvo en cuenta la declaración del titular de la UADME que explicó que dispositivos GPS detectaron que el acusado y el líder de la banda se encontraron una distancia menor a un metro y medio en tres oportunidades los días 13, 29 y 30 de julio del año pasado.

La resolución de los magistrados cipoleños fue impugnada ante el Tribunal de Impugnación provincial integrado por los jueces Rita Custet Llambí, Ignacio Gandolfi y Carlos Reussi, que durante la feria estival decidieron confirmar la medida cautelar.

De la audiencia, participaron el fiscal jefe Santiago Marquez Gauna, el representante de la querella, Iván Chelía y los abogados particulares Federico Diorio, Oscar Pineda y Federico Batagelj.

Se recuerda que el Tribunal de Impugnación en diciembre pasado ya había confirmado la sentencia en contra de los imputados por los delitos de asociación ilícita y robos calificados imponiendo penas de 19, 20 y 30 años de prisión para los tres implicados.

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