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Un hombre fue condenado a prisión efectiva por tres hechos de hurto. Dos de ellos ocurrieron en comercios de la ciudad de Cipolletti, mientras que el restante tuvo lugar en una vivienda. El hombre tenía antecedentes penales por hechos similares.
Locales14/08/2019El caso fue investigado por la Unidad Fiscal Temática que investiga delitos cometidos en flagrancia y de la audiencia - que tuvo lugar ayer - participó de la misma el fiscal adjunto Guillermo Ibañez. En la misma, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó que se investigaban tres situaciones en las cuales el hombre se había apoderado de distintos elementos.
El primero de ellos ocurrió el 17 de noviembre de 2018 alrededor de las 23 horas, cuando el hombre ingresó a una vivienda ubicada en calle Italia al 400 y se apoderó de una escalera de aluminio de tipo plegable. Cuando se quiso retirar fue aprendido por persona policial a pocos metros del lugar de la sustracción. La calificación legal de este caso fue hurto calificado por escalamiento en grado de tentativa.
A la investigación anterior, se sumó otra en la cual se ventilaban dos hechos ocurridos en comercios céntricos de Cipolletti. Los mismos sucedieron el pasado 12 de marzo alrededor de las 20 horas. En el primero el sujeto ingresó a una librería ubicada en calle Sarmiento al 300 y sustrajo distintas mercaderías del lugar.
Minutos después de lo anterior, ingresó a una casa de electrodomésticos ubicado en calle Brentana, donde se apoderó de un secador de pelo. El hecho quedó filmado por las cámaras de seguridad del lugar y fue detenido por persona policial a algunas cuadras del lugar del hecho.
Cabe señalar, que el hombre contaba con una pena de ejecución condicional por delitos de características similares.
“Si bien el acusado nunca estuvo involucrado en hechos violentos ni con una afectación patrimonial elevada en términos económicos para las víctimas, lo cierto es que se trataban de hurtos que se repetían sistemáticamente”, expresó Ibañez respecto del caso.
La pena a aplicar en el caso, según fuera propuesto por la fiscalía y aceptado por tanto por la defensa técnica del acusado, como así también por el propio imputado es a un año de prisión de cumplimiento efectivo. Cabe señalar que el sujeto aceptó su responsabilidad en los hechos llevado a juicio.
El Juez Guillermo Baquero Lazcano homologó la modalidad de juzgamiento abreviado y dictó la condena en contra del acusado por el periodo mencionado. La defensa renunció a los plazos previstos en el Código Procesal Penal para interponer las vías recursivas por lo que el fallo se encuentra firme y el hombre ya cumple su pena en el establecimiento de ejecución penal.
El fiscal jefe, Gustavo Herrera quien coordina la tarea de la Unidad Fiscal de delitos en Flagrancia, destacó que si bien el Código Penal prevé penas menores y que en la mayoría de los casos culminan con penas de cumplimiento condicional, los plazos del nuevo Código de Procedimiento vigente de agosto de 2017 permiten realizar un seguimiento de este tipo de situaciones en las cuales los acusados persisten en la comisión de delitos.
“Intentamos dar una respuesta rápida y efectiva a los reclamos sociales respecto de los casos en los cuales los imputados son detenidos mientras cometen los delitos”, explicó Herrera. Al respecto recordó que bajo el antiguo ordenamiento procesal, casos similares tramitaban en investigaciones paralelas y demoraban entre dos y tres años en resolverse mediante un debate pleno o mediante la aplicación de método alternativo de resolución de conflictos.
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