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El fiscal Martín Pezzetta solicitó una pena de cinco años y ocho meses y diez años de inhabilitación para conducir vehículos para un policia acusado de homicidio culposo triplemente agravado. El acusado conducía alcoholizado, en exceso de velocidad y sin carnet de conducir habilitante.
Locales22/05/2019“Estamos ante un caso grave, donde hay una conjunción de agravantes de las conductas antirreglamentarias del acusado que hacen que mi pedido deba alejarse del mínimo legal”, señaló el fiscal del caso. Al momento de mensurar la pena, Pezzetta sostuvo que se debía tener en cuenta la naturaleza de la acción y los medios empleados para cometer el ilícito en cual tuviera lugar fallecimiento de Francisco Oscar Linares.
Al momento del hecho el hombre conducía a 130 kilómetros por hora aproximadamente en una zona donde la máxima era de 60 km/h, además circulaba con 2,4 gramos por litro de alcohol en sangre y no contaba con carnet de conducción habilitante, puesto que el último registro válido había vencido tres años antes del siniestro vial.
Pezzetta señaló jurisprudencia de la provincia que avalaba tanto el modo de evaluar el monto de la pena de acuerdo a la calificación legal y otros casos en los cuales los acusados fueron condenados a penas de prisión efectiva. Entre ellos mencionó la sentencia por el homicidio en siniestro vial en el cual resultó víctima Claudia Segura, en el cual el Tribunal dictó una pena a cinco años y seis meses de prisión.
“El acusado actuó de forma irresponsable”, aseveró el fiscal. A lo anterior agregó que además de no contar con carnet de conducir, el sujeto tampoco tenía contratado ni en vigencia el seguro obligatorio, requisito que la Ley de Tránsito prevé como indispensable para circular.
Por la parte querellante, representada por el abogado particular Fernando Gomez, la esposa de la víctima falta expresó sus sentimientos por la pérdida de su pareja y padre de su hija y detalló en como afectó todo lo anterior la dinámica familiar.
Respecto a un pedido de una “nueva oportunidad” por parte del acusado y de su defensa técnica, la mujer replicó que una vez que purgue su condena, el acusado “va a tener muchas nuevas oportunidades de ver a su hijo, de tener nietos y de llegar a ser viejo”, mientras que su marido no tendría ninguna oportunidad de hacerlo.
Por lo anterior, acompañaron el pedido fiscal de una pena de cinco años y ocho meses de prisión y de diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos con motor.
La defensa particular, representada por el abogado Guillermo Oviedo, sostuvo que se notaba un arrepentimiento por parte del imputado por su obrar y que el hombre había reconocido en la etapa de responsabilidad su culpabilidad en el hecho. Consideró además que el pedido de pena de la parte acusadora era desmesurado para el caso en concreto y para la circunstancias personales del acusado.
En consecuencia solicitó que su cliente cumpla una pena de tres años de prisión efectiva.
El Tribunal integrado por Julio Sueldo, Guillermo Baquero Lazcano y Álvaro Meynet informó que darán a conocer la sentencia en un plazo de cinco días hábiles en un audiencia que deberá ser fijada por la Oficina Judicial.
El hecho llevado a juicio ocurrió en Fernández Oro el 2 de agosto de 2018 a las 05:57 aproximadamente, cuando el acusado conducía un automóvil Renault Laguna por Ruta 65 en inmediaciones del Puente 83. En esas circunstancias, el imputado impactó la parte trasera del Fiat Siena conducido por Francisco Oscar Linares, provocando que pierda el control de su vehículo e impacte de frente con una camioneta Toyota Hilux que circulaba por el lugar pero en sentido contrario. Producto del choque la víctima perdió la vida. Las partes tuvieron por acreditado en el marco de un procedimiento abreviado parcial, que el hombre conducía en exceso de velocidad, con 2,04 de gramos por litro de alcohol en sangre y sin carnet de conducir habilitante.
El Código Penal prevé para este tipo de delitos penas que oscilan entre los tres años y los seis años de prisión.
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