La Fiscalía solicitó que el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra sea declarado culpable

"El médico puso todas las trabas que estaban a su alcance para que la joven no interrumpiera su embarazo fruto de una violación”, aseveró el fiscal jefe Santiago Marquez Gauna.

Locales 16/05/2019
Juicio Ginecologo Cipo

La fiscalía representada por el fiscal jefe Santiago Marquez Gauna y la fiscal adjunta Anabella Camporesi, consideró probada durante el debate su teoría del caso y solicitó que el médico del hospital de Cipolletti, Rodríguez Lastra, acusado de incumplimiento de los deberes de funcionarios sea declarado culpable. La defensa abogó por la absolución. El veredicto se conocerá el martes.

A la hora de valorar las evidencias, la fiscalía sostuvo que el hecho llevado a juicio había sido probado no sólo a través de los testigos de la acusación, sino también por las pruebas aportadas por al defensa. Siguiendo el testimonio de la propia víctima, el 2 de abril del 2017 ingresó al hospital de Cipolletti tras haber ingerido pastillas con el objetivo de interrumpir el embarazo que cursaba y que era producto de una violación.

Esta situación fue confirmada además por la hermana de la víctima, quien la acompañó ese día en el centro de salud y por todos los testigos y peritos del caso.

Esta situación no fue controvertida por la defensa del acusado a excepción de la declaración defensiva del médico quien – contrariando al resto de declarantes - fue el único que afirmó que la joven no le mencionó haber sido abusada sexualmente.

Según la acusación, quedó probado durante el juicio que el imputado administró una medicación con efectos contrarios al deseo de la víctima en contra de su voluntad y sin siquiera informarle o pedirle su consentimiento. En palabras de la víctima el profesional de la salud “le mintió”.

En cuanto a la teoría defensista, el fiscal sostuvo que existieron serias contradicciones entre las posibles justificaciones oídas durante el juicio respecto de los motivos que llevaron al imputado a actuar de la forma en lo que hizo.

Al respecto mencionó que se acreditó que los peritos que aportados por la defensa fueron poco objetivos y que mantenían una postura ideológica claramente opuesta a las interrupciones legales del embarazo.

Los fiscales consideraron que debía descartarse el supuesto riesgo de vida de la paciente al ingresar al hospital el día 2 de abril de 2017. Marquez Gauna sostuvo que el médico obstetra Ernesto Beruti, ofrecido como perito por la defensa, intentó de forma tardía introducir la posibilidad de la presencia del “síndrome de respuesta inflamatoria sistemática”, pero que esa hipótesis de cae, puesto a que el mismo perito afirmó que en caso de que el imputado hubiera diagnosticado esa situación debería haberlo asentado en la historia clínica, en la cual no hay ninguna mención a ese cuadro clínico.

Por otro lado, valoró que el médico forense del Poder Judicial – al cual calificó como objetivo y sin un interés particular sobre el caso – aseguró que de la historia clínica analizada no surge que la vida de la mujer hubiese corrido riesgo.

“El imputado obró como obstructor y no como objetor de conciencia que es lo como quiere hacernos creer”, afirmó Marquez Gauna.

Agregó además que el hombre descreyó de los criterios y diagnósticos de sus colegas, “con la particularidad de que todas ellas son mujeres” mencionando a la médica y psicóloga del hospital de Fernández Oro que solicitaron la derivación al hospital de Cipolletti y afirmaron que la joven se encontraba en condiciones de tomar la decisión y a la profesional médica del mismo centro de salud quien en su derivación al nosocomio cipoleño descartó foco infeccioso.

“Descreyó incluso a la propia víctima de abuso prejuzgándola y solicitando un examen psiquiátrico dudando de las capacidades intelectuales de la misma”, concluyó.

Por todo lo anterior, los representantes del Ministerio Público solicitaron que el acusado sea declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por no actuar conforme a la normado en la Ley Provincial 4796 que regula las interrupciones legales del embarazo en la Provincia de Río Negro.

La defensa del profesional médico por su parte, requirió la absolución de su representado.

Finalizado los alegatos el Juez de Juicio, Álvaro Meynet dio por culminado el debate e informó que el veredicto se conocerá el próximo martes a las 08:30 en el edificio judicial de España y Urquiza de Cipolletti.

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