Regionales 13/04/2020

Tras la reunión con intendentes, la gobernadora dijo que Río Negro no pedirá excepciones

La gobernadora, Arabela Carreras, firmó el sábado el Decreto que prorroga una serie de medidas preventivas tendientes a evitar la proliferación del Coronavirus COVID-19 en el territorio provincial.

La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, anunció este domingo que no se flexibilizaran en el territorio provincial las actuales medidas de restricción, luego de reunirse con los 23 intendentes de la provincia a través de videoconferencia.

Además, se decidió no habilitar las actividades físicas al aire libre, como posible foco de contagio, y mantener la obligatoriedad del uso de barbijos o tapabocas, según se informó oficialmente.

"Quedarse en casa y mantener la restricción en la circulación, son las principales medidas que decidimos mantener vigentes con los y las intendentas, y también con el Comité de Crisis", explicó la mandataria rionegrina.

"No soy yo, sino los rionegrinos y rionegrinas quienes agradecen el respaldo unánime a los jefes comunales, para seguir cuidándonos entre todos y todas", aseguró Carreras a través de su cuenta de Facebook.

La decisión va en consonancia con la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la Nación. La Mandataria extendió la vigencia de estas medidas y disposiciones hasta el día lunes 26 de abril, oportunidad en que culminará el proceso de aislamiento.

Se prorrogan las siguientes medidas

• Declaración del estado de máxima alerta sanitaria y suspensión preventiva de todos los actos públicos y fiestas populares que impliquen afluencia masiva de público y cuya organización recaiga en el Poder Ejecutivo (Decreto 236/20).

• Suspensión de clases en todos los establecimientos educativos de la provincia de Río Negro (Decreto 266/20)

• Receso general excepcional de la Administración Pública, dispensando del deber de asistencia al personal, quedando suspendido asimismo todos los plazos administrativos durante el periodo del receso, en los términos y con los alcances allí expuestos (Decreto 293/20)

• Restricción el ingreso a la provincia de Río Negro de toda persona que no tenga domicilio en la misma (Decreto 297/20)

• Prohibición en todo el territorio provincial, el ingreso y circulación en todos los sitios considerados de esparcimiento público y se limitó el horario de atención al público de aquellos establecimientos comerciales comprendidos en las excepciones del Artículo 6º del Decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 298/20) incorporándose la obligatoriedad de cerrar sus puertas los días domingo a los fines de realizar una desinfección y limpieza de los mismos (Decreto 323/20).

• Horarios de inicio y finalización de las frecuencias diarias que deben cumplir los servicios de transporte público por automotor de carácter urbano, estableciendo asimismo una eximición del pago del boleto a personal de salud y de seguridad (Decreto 299/20).

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