Locales29/03/2019

Condenan a jovén cipoleño a un año y medio de prisión por amenazas

Un joven de esta ciudad fue condenado hoy a una pena de un año y seis meses de prisión efectiva por el delito de amenazas simples. El acusado contaba con antecedentes penales computables al momento de cometer el hecho.

Del debate oral y público participaron la fiscal del caso, Rocío Guiñazú y la adjunta de fiscalía Yesica Montenegro quienes estuvieron a cargo de la acusación. La asistencia técnica del acusado estuvo a cargo del defensor oficial Marcelo Caraballo, mientras que como la víctima era menor de edad al momento del hecho también participó del debate la defensora de menores ,Alicia Merino. La Jueza de Juicio Florencia Caruso, estuvo a cargo del Tribunal Unipersonal que juzgó el caso.

El hecho investigado sucedió el 5 de mayo del 2018 entre las 22:30 y las 23 horas, en cercanías de la calle Salvador Kossman al 1700. En esas circunstancias, la víctima se encontraba junto a un familiar, cuando el acusado lo amenazó manifestándole que le iba a “dar un tiro”.

Según la teoría del caso de la fiscalía todo se originó por un conflicto de larga data, puesto que el padre del ahora condenado por amenazas, fue hallado culpable y hoy cumple condena a doce años de prisión efectiva por ser el autor del crimen del hermano del menor víctima en este hecho. El homicidio referido ocurrio en el año 2014.

Al momento de cometer el hecho, el acusado - quien cumplía una pena de cumplimiento efectivo - se encontraba gozando del beneficio de la libertad asistida y era monitoreado a través de un dispositivo electrónico de tipo GPS.

Justamente, este dispositivo sirvió como un elemento probatorio fundamental para fundar la acusación. El titular de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME) explicó durante el juicio que se podía reconstruir la ubicación exacta donde se encontraba el acusado al momento de las amenazas, situándolo en el tiempo y lugar señalado por la víctima y su primo como circunstancias en las que tuvieron lugar las amenazas.

A la hora de solicitar la declaración de culpabilidad del sujeto, Guiñazú sostuvo que se contaba con los testimonios de la víctima y de su primo, ambos menores de edad, los cuales calificó como con un alto grado de credibilidad. Sumó a lo anterior los testimonios de las madres de los dos adolescentes, la explicación del titular de la UADME sobre el funcionamiento del dispositivo electrónico y el lugar donde se hallaba el acusado en la hora señaladas y la de una integrante de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito, quien asistió al núcleo familiar del adolescente durante el proceso.

La Jueza de Juicio Florencia Caruso tuvo por probada la teoría del caso de la fiscalía y días atrás dispuso la declaración de culpabilidad del acusado por el delito de amenazas. Realizada la audiencia de cesura y a partir de los pedidos de las partes, la magistrada resolvió dictar una pena a un año y seis meses de prisión de modalidad efectiva. Para lo anterior se tuvieron en cuenta los antecedentes penales con los que contaba el acusado al momento del hecho y las características del caso.

Cabe señalar además, que a partir de la información obtenida por el dispositivo electrónico de GPS con el cual se monitoreaba al acusado, días después de la denuncia la fiscalía solicitó la revocatoria de la libertad asistida del acusado, ya que se logró comprobar la violación de una pauta de conducta de prohibición de acercamiento al domicilio de una de las víctimas. La revocatoria del beneficio fue ordenada por el Juez de Ejecución, Lucas Lizzi en mayo de 2018.

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