El Poder Ejecutivo oficializó las elecciones Municipales en Cipolletti
El domingo 23 de junio se elegirá: Intendente Municipal; seis Concejales Titulares y seis concejales suplentes, y un Contralor Municipal Titular y dos suplentes.
Mediante resolución N° 521/19 y en base a lo dispuesto en el Art. 100 de la Carta Orgánica Municipal, el Poder Ejecutivo convoca a elecciones para la renovación de autoridades municipales conforme a la legislación vigente, el día domingo 23 de junio del 2019. Dicha legislación es la contenida en las ordenanzas Municipales 221/00 y Ords. De fondo N° 020/03 y 258/15, mediante las cuales el Concejo Deliberante de la ciudad de Cipolletti estableció la adhesión a la Ley del Régimen Electoral Provincial N° 2431.
Los cargos a elegir son: Intendente Municipal (Art.94 C.O.M.); seis Concejales Titulares y seis concejales suplentes (art.63 C.O.M.), y un Contralor Municipal Titular y dos suplentes (art.109 C.O.M.). El primer candidato a concejal propuesto será también para Presidente del Concejo y deberá integrar la fórmula con el candidato a Intendente de esa agrupación Política (Art. 71 C.O.M.). La presidencia del Concejo será asumida por el concejal que integre la fórmula más votada, imputándose ese cargo al primer concejal de la lista de concejales del partido o agrupación política de dicha fórmula.
El sistema electoral correspondiente a la elección de Intendente y Presidente del Concejo en fórmula, más la elección de los (5) Concejales restantes que integran el Concejo Deliberante será el previsto en la Ord. Municipal de Fondo N° 020/03 anexo “A”. El contralor titular y los suplentes se elegirán conforme al sistema electoral establecido en el Art. 109 de la Carta Orgánica Municipal. El período por el que serán electos los cargos antes mencionados es de cuatro años, contados a partir del 10 de diciembre del 2019.
En base a la carta orgánica, art. 140 de la ley provincial 2431 expresamente determina acerca del órgano convocante para las distintas jurisdicciones que la convocatoria a toda elección será efectuada en el ámbito provincial y comunal por el poder ejecutivo provincial o poder ejecutivo municipal. En consecuencia, el acto comicial debe regirse por lo establecido en las normas previstas en las ordenanzas municipal N° 221/00 y de Fondo N° 020/03 y 258/15 y la ley provincial N° 2431, denominada ley electoral a la cual la citada legislación municipal adhiere;
El poder ejecutivo provincial mediante decreto 07/19 y 016/19 de fecha 5 y 14 de enero del corriente año, respectivamente y en cumplimiento de lo establecido por el art. 225 de la ley provincial N° 2431, denominada ley electoral ofrece a los Municipios la prestación del servicio electoral a cargo del erario provincial para el día 23 de junio del 2019.
Se estima conveniente proceder a efectuar el correspondiente llamado a elecciones para renovar las autoridades electivas del municipio para el día domingo 23 de junio ya que implica un ahorro efectivo de dinero, esfuerzo y desgaste institucional para la municipalidad de Cipolletti, debiendo comunicar la decisión en forma fehaciente al poder ejecutivo provincial a los efectos de la utilización de servicio electoral con cargo al erario provincial.
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