Los padres de un adolescente acordaron pagarle una cuota alimentaria para continuar con sus estudios

El menor de edad no convive con sus padres y está al cuidado de una familiar cercana.

Regionales20/04/2024
Poder Judicial de Río Negro

Un adolescente que no convive con sus padres requirió que le abonen una cuota alimentaria para permitirle continuar sus estudios a nivel secundario. El mismo es menor de edad y está al cuidado de una familiar cercana. La defensa pública lo representó en la mediación.

Los métodos autocompositivos de resolución de conflictos (MARC) permiten a los protagonistas encontrar puntos en común y soluciones acordes a las necesidades y posibilidades de los protagonistas de los encuentros. Es una de las formas más efectivas de solucionar los conflictos y las que registran una mayor cantidad de cumplimientos de los acuerdos.

Un adolescente menor de edad que cursa en una escuela secundaria rionegrina, se acercó a una sede de la defensa pública para asesorarse sobre la posibilidad de reclamar alimentos a su favor. El chico contó que no convivía con ninguno de los dos progenitores y que vivía con una familiar cercana.

De esta forma, se le asignó a un defensor MARC y se hizo un requerimiento de mediación que tuvo lugar en uno de los centros especializados de nuestra provincia.

El trabajo de la mediadora a cargo del encuentro fue fundamental para alcanzar acuerdos. Tanto el hijo, como su madre y su padre pudieron escucharse, plantear sus puntos de vista y sellar un acuerdo que se comenzará a ejecutar desde el mes próximo.

La buena voluntad de todos los participantes, permitió brindar una respuesta al adolescente que sea sostenido a largo plazo. De esta forma, su padre abonará el equivalente al 70% del salario mínimo vital y móvil (SMVM) cuando se encuentre sin trabajo registrado (como ocurre actualmente) o un 15% de su sueldo cuando cuente con trabajo registrado.

Por su parte, su madre abonará el equivalente a un 10% del salario mínimo vital y móvil y lo hará aportando productos en especie, es decir, elementos comestible que ella vende para subsistir.

Su hermano también fue beneficiado

En ese mismo encuentro, también la mujer y el hombre pudieron acordar el pago de los alimentos en favor de un hermano menor del adolescente requirente que vive actualmente con su madre.

De esta forma, el progenitor deberá abonar también un 70% del monto equivalente al salario mínimo vital y movil o un 20% de su sueldo cuando el mismo trabaje en relación de dependencia de forma registrada.

Salario mínimo, vital y móvil

El contexto económico inflacionario llevó a los operadores del Ministerio Público de la Defensa y del Poder Judicial, a utilizar estrategias que permitan mantener el valor de las prestaciones alimentarias por un plazo más prolongado. Esto resulta de vital importancia sobre todo cuando las personas que deben pagar alimentos no cuentan con un trabajo registrado, es decir, cuando trabajan informalmente.

Anteriormente, se solían fijar cuotas por valores fijos – por ejemplo veinte mil pesos ($20000) – pero rápidamente los montos quedaban desactualizados y su valor de compra era muy inferior. Por este motivo, se comenzaron a fijar porcentajes de acuerdo al indice del salario mínimo, vital y móvil.

Se informa que en marzo de 2024, se fijó el monto del SMVM en $202.800.

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