Prisión preventiva para acusado de tentativa de femicidio en Cipolletti

La fiscalía formuló cargos contra la ex pareja de una mujer acusándolo de intentar matarla en un contexto de violencia de género. La jueza de garantías ordenó que continúe detenido para garantizar el normal avance de la investigación.

Locales 01/03/2024
fiscalia

El hecho investigado sucedió ayer (29/02) entre las cuatro y la siete de la madrugada cuando el imputado ingresó a la vivienda de la víctima y se dirigió a un patio interno. El hombre aguardó en ese lugar durante aproximadamente dos horas y cuando cuando observó a la mujer salir – cerca de las 6:30 am – sin mediar palabra y aprovechándose de la oscuridad del lugar, la golpeó en varias oportunidades con un palo con la intención de provocarle la muerte.

Según la teoría del caso de la fiscalía y las constancias médicas que pudieron recabarse hasta el momento, la víctima quedó inconsiente producto de esos golpes. Esa circunstancia sería el motivo por el cual el imputado terminó el ataque puesto que habría pensado que estaba muerta. Tras haber concretado el ataque el acusado se dirigió a la Comisaría 24° de Cipolletti donde se puso a disposición de las autoridades.

En cuanto al contexto de violencia de género, durante la audiencia se informó que pesaba sobre el imputado una prohibición de acercamiento hacia su ex pareja. Además se sostuvo que tras la separación, el hombre se habría quedado con una llave de un portón la cual utilizó para poder ingresar a la vivienda con mayor facilidad.

La calificación legal del caso es tentativa de femicidio, desobediencia a una orden judicial y violación de domicilio y el acusado lo está en carácter de autor.

La fiscal del caso solicitó que el acusado permanezca detenido en carácter de prisión preventiva para garantizar el normal avance del proceso penal.

Argumentó entre otros aspectos que en caso de recaer condena la misma sería de cumplimiento efectivo y que no existía ninguna otra medida alternativa que permita proteger la integridad de la víctima y el derecho a vivir una vida libre de violencia tal como lo dispone la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer.

Remarcó la vigencia de la modificación del Código Procesal Penal del año 2019 que habilita el dictado de la prisión preventiva en los casos de violencia de género en los que se hubieran incumplido otras medidas cautelares.

La defensa oficial no se opuso a la formulación de cargos ni al dictado de la medida cautelar.

La jueza de garantías que dirigió la audiencia tuvo por formulados los cargos en los términos expuestos por la fiscalía y dictó la prisión preventiva del acusado. Al resolver sostuvo que se acreditó que de recuperar la libertad el acusado podría entorpecer la investigación.

Consideró que el temor que la víctima sufre actualmente se funda no sólo por los años que se mantuvo en pareja con el imputado y en los cuales sufrió múltiples situaciones de violencia, sino también por el resultado de la última agresión que tiene entidad sufriente para atemorizarla.

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