Envían proyecto de ordenanza para regular la infraestructura de telecomunicaciones

Desde la secretaría de Gobierno, a cargo de Diego Vázquez se informó que fue enviado al Concejo Deliberante un nuevo proyecto de ordenanza para Regular Infraestructura de Telecomunicaciones.

Locales24/12/2017
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El secretario señaló que esta normativa apunta a dejar establecidas las condiciones en las que habilitará la instalación de antenas para prestar el servicio de telefonía celular e Internet. Una de los sectores que podría verse beneficiado una vez que se apruebe la normativa es el Distrito Vecinal Noreste.

Por su parte, Lidia Fernández, titular del departamento de Gestión Ambiental, confirmó que para la elaboración del proyecto se tomó como referencia el proyecto de ordenanza propuesto por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) al cual se adaptó a la situación de la ciudad respecto a esta temática.

También se aclaró que “existe dentro del código de comercio (Ordenanza 260/16) un apartado que regula la instalación de este tipo de estructuras a la cual era difícil dar cumplimiento ya que no se adaptaba a la realidad local”.

Según la información facilitada por Fernández, la normativa “tiene como objetivo principal registrar, habilitar y monitorear el funcionamiento de estas estructuras asegurando el servicio de comunicaciones a las población”.

Para la redacción de la propuesta que fue enviada al Deliberante “se hace hincapié en aspectos de seguridad de la estructura (solicita cálculo de estructura e informe de mantenimiento anual), emisiones de radiaciones electromagnéticas (deberán dar cumplimiento con la resolución 360 de la CNC), como también lograr un menor impacto visual de las instalaciones”.

Entre los fundamentos esgrimidos para el proyecto de Ordenanza, se pueden encontrar que: “Que a partir del crecimiento producido en el uso de la telefonía móvil será necesario aumentar la cantidad de celdas que operan en el ejido municipal, para brindar adecuadamente los servicios ofrecidos a los usuarios”. También, se señala “Que la autoridad municipal, en el ámbito de su autonomía y potestades de regulación, debe dictar normas coherentes y consistentes con las normas nacionales en la materia, atendiendo las recomendaciones brindadas por las pautas de seguridad nacionales e internacionales vigentes”.

Otros argumentos que sustentan la propuestas son: “Que, por el Decreto Nº 267/2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), como ente autárquico y descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, que actúa como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 26.522 y 27.078, sus normas modificatorias y reglamentarias. Que en este sentido el Decreto Nº 798/2016 aprobó el PLAN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE CONDICIONES DE COMPETITIVIDAD Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones. Que tal como establecen los Considerandos del citado Decreto Nº 798/2016, la facultad de los municipios de autorizar la ubicación de la infraestructura no se contrapone a la obligación de colaborar para generar alternativas para que el desarrollo de las redes permita alcanzar grados de calidad y cobertura a niveles internacionales, y mucho menos puede convertirse en obstáculo para su desarrollo, todo ello en el marco del cumplimiento de las normas de seguridad y salubridad vigentes”.

También se adujo que: “Que la Federación Argentina de Municipios (FAM) ha suscripto un Código de Buenas Prácticas para el despliegue de Redes de Comunicaciones Móviles, con los Operadores de Comunicaciones Móviles (OCM) auspiciado por la ex Secretaría de Comunicaciones del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. En dicho Código se pretende establecer ‘Buenas Prácticas de Instalación de Antenas e Infraestructuras Asociadas’ contemplando todos los parámetros a tener en cuenta cuando se realiza una regulación para instalación de este tipo de estructuras como seguridad constructiva, impacto visual, protección de la salud, cobertura radioeléctrica, entre otras. Que en virtud de lo expuesto, el Gobierno Municipal debe ordenar, actualizar y reglamentar las nuevas instalaciones de estructuras así como registrar la diversidad de estructuras portantes existentes, atento las crecientes necesidades de los respectivos servicios”.

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