La identidad de una niña como eje de una mediación
Esta historia de mediación cuenta como una niña conectó con sus raíces luego de todo un proceso que se inició con una consulta en el área de Métodos Autocompositivos de El Bolsón.
En ese primer acercamiento con las defensoras oficiales, una mamá expresa que busca el reconocimiento paterno post portem de su hija de 12 años; -cuyo papá falleciera en un hecho violento- , sin haber llegado a inscribirla con su apellido, de manera voluntaria.
Desde el momento de su nacimiento, la niña sólo contó con la filiación materna, sin que se especificara la identidad de su padre dado que éste se encontraba de viaje cuando sucedió el parto. No obstante, en el tiempo en que vivieron juntos, éste la reconocía como su hija. En ese ámbito familiar, le brindó el mismo trato que luego le daría a su segundo hijo, -el hermano menor-, pero en este caso por muy breve tiempo.
La prematura muerte del padre, como consecuencia del entorno al que se encontraba ligado, impidió que realizara su reconocimiento en forma directa, lo que tenía planeado hacer en unos meses antes de morir.
Para la niña y su madre era una necesidad el reconocimiento filiatorio, por afinidad y en ejercicio de su derecho a la identidad. Ambos son hijos de la mujer y el hombre fallecido pero uno llevaba el apellido paterno y la niña no.
Mediante un acuerdo de mediación celebrado en el Cimarc de El Bolsón, con el patrocinio de las Defensoras Adjuntas, la mamá y una tía de la niña -hermana de padre-, acordaron la realización del examen de ADN en el Laboratorio de Genética Forense Regional de San Carlos de Bariloche, que depende de la Procuración general de la provincia.
Para sorpresa de las partes, el laboratorio conservaba muestras del ADN del presunto padre fallecido, realizadas en una pericia en sede penal. Estas muestras darían un resultado más preciso sobre el vínculo biológico entre padre e hija.
Para hacer uso de la muestra fue necesario solicitar autorización a la Fiscalía interviniente, la que fue otorgada sin objeciones permitiendo a las partes resolver la toma de muestras para el examen de ADN para luego compararlas con las de la niña. Todas estas acciones se llevaron a cabo, íntegramente en el ámbito de la mediación.
El resultado de estos análisis presentó los niveles requeridos de coincidencia entre las partes. Con esa prueba anticipada, la madre contó con los elementos probatorios que necesitaba para la declaración judicial de reconocimiento, la cual se obtuvo luego de un proceso consensuado y conversado con la familia de padre fallecido.
Cabe recordar que todo el entorno familiar prestó la máxima colaboración en el trámite de la mediación.
Para la toma de muestras los usuarios de las Defensoría de El Bolsón, debieron viajar a Bariloche, donde se encuentra la sede del Laboratorio. Los costos del pasaje y el almuerzo del día para la madre y la niña, se gestionaron desde la Gerencia Administrativa del Poder Judicial, ya que la madre no contaba con recursos suficientes para cubrir esos gastos.
Con la actuación de distintos organismos del Poder Judicial de Río Negro, cada uno en su rol se pudo avanzar en el reconocimiento del derecho a la identidad que durante tanto tiempo se le había vulnerado a la niña.
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