Las multas en Cipolletti llegan a $250 mil para quienes no cumplan con las medidas de aislamiento social

Reuniones sociales y circular fuera del horario permitido entre las más caras. El secretario de Fiscalización del Municipio, Cristian Blanco, destacó que el objetivo principal es darle un respiro al sistema de salud.

Locales 26/08/2020
Control Gendarmería Cipo

Cristian Blanco, secretario de Fiscalización del Municipio, en comunicación con AM LU19, destacó que se incrementaron los valores de las multas para quienes no cumplan con las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio. El objetivo principal es darle un respiro al sistema de salud, destacó. 

Blanco informó que: “Se ha decidido hacer fuerte hincapié junto a Justicia, la Fiscalía y la Policía, en las juntadas clandestinas. Sabemos de la gravedad de la situación y del colapso del sistema médico. Es una pausa para ver si podemos dar un respiro al sistema de salud que se recupere. Tenemos que fomentar el 911 para que  denuncien situaciones de no cumplimiento, reuniones clandestinas y demás situaciones. Dejando el 109 solo para emergencias relacionados con el COVID-19". 

El secretario municipal señaló que: “A esta altura se trata de que todos conocemos nuestras responsabilidades. No estamos entendiendo que no es el tema comercial, sino las juntadas, en plazas, etc.”. “Apelamos a la concientización y la responsabilidad de todos”, “La idea no es hacer multas, ni realizar clausuras”, agregó. 

A partir de hoy rigen los valores de las multas según Resolución 1263/2020

Según el Art.15º se modifica el monto de la sanción dispuesta por Resolución Nº 672/20 para quienes incumplan la obligación de usar tapabocas y/o de mantener la distancia social de 2 mts., la que puede ir desde $ 1.000,00 a $ 10.000,00. 

Para aquellos que, sin encontrarse incluidos entre el personal esencial definido por el DNU 297/20 y sus modificatorios, circularán por el ejido municipal entre las 23 hs. y las 6 hs., una multa de $100.000,00 a $ 250.000,00. 

Para aquellos titulares de vehículos que fuesen secuestrados por circular entre las 23 hs. y las 6 hs., y que no se encuentren incluidos entre el personal esencial definido por el DNU 297/20 y sus modificatorios, una multa de $ 120.000,00.

Para quienes incurran en el incumplimiento de la prohibición de realizar reuniones sociales entre grupos no convivientes en espacios públicos, una multa de $ 20.000,00 para cada uno de los participantes. Y para quienes incurran en el incumplimiento de la prohibición de realizar reuniones sociales entre grupos no convivientes en inmuebles privados, una multa $ 20.000,00 para cada uno de los participantes.  Una sanción que irá desde los $ 50.000,00 a $250.00,00 para el/los titular/es o tenedores del inmueble en que la misma se realizará. 

Para los locales gastronómicos que incumplan la obligación de funcionar hasta un máximo del 50% de su capacidad habilitada dispuesta por el Art. 5º, se dispone una multa que irá de $ 100.000,00  hasta $ 250.000,00. 

Las sanciones aquí previstas serán acumulativas, y su disposición es competencia del Juzgado Municipal de Faltas. 

Lo recaudado por este concepto se destina a la compra de insumos para el hospital. Las multas no tienen una finalidad recaudatoria ni fiscal,  sino disuasoria de prácticas que pueden multiplicar la dispersión del virus.

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